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Es un acto a través del cual el dueño de inmuebles colindantes los une para conformar un solo globo. El englobe sólo pueden realizarlo quienes aparezcan como propietarios.
Para este trámite es necesario presentar:
1. Minuta.
2. Escritura antecedente.
3. Impuesto predial del año en curso debidamente cancelado o paz y salvo municipal.
4. Linderos del globo de terreno y de los que surgen.
5. Plano de la manzana catastral).
6. Plano de áreas firmado por topógrafo o ingeniero con matrícula profesional.
7. Paz y salvo de valorización vigente.
8. Determinar el estado civil de las personas que intervienen en el acto.
9. Licencia para el desenglobe.